Cartagena, 10 de febrero de 2021: La Revisión Periódica consiste en una inspección técnica a la instalación interna de gas natural, para determinar si está operando en condiciones seguras o si presenta defectos que representen algún tipo de riesgo.
En este sentido, Surtigas recuerda a la comunidad en general que esta inspección es obligatoria, pues obedece a una disposición legal y se realiza para garantizar la seguridad del usuario (a), la de su familia y la comunidad.
Esta revisión corresponde a la establecida en el código de distribución de gas combustible Resolución CREG 067 de 1995 y sus modificaciones.
Cada cuánto debe hacerse la Revisión Periódica.
La Revisión Periódica debe hacerse cada 5 años, sin embargo, La Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG- permite que las Revisiones Periódicas se realicen desde 5 meses antes de cumplir el plazo máximo, para garantizar que el usuario tenga un tiempo prudente para planear y realizar su respectiva revisión y los trabajos que puedan presentarse. También es posible de manera voluntaria realizar la revisión en cualquier momento.
Es importante aclarar que el usuario tiene la responsabilidad de hacer un uso adecuado de la instalación de gas natural y de realizar los mantenimientos necesarios.
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