(iv) Informe ciefs- int – 252 expedido por el comité interinstitucional de lucha contra las finanzas de la subversión, por medio del cual se informó que Carlos Cerpa, fue testaferro de la cuadrilla dieciocho (18) de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia F.A.R.C.

Los jueces de instancia, dieron valor a las pruebas antes mencionadas y desconocieron que en el proceso obraban otras que avizoraban la inocencia del señor CARLOS CERPA frente a los cargos endilgados, en ese orden, ignoraron que los testimonios aportados por la Fiscalía General de la Nación, guardaban sospechosas similitudes, arrojaban datos muy precisos en cuanto a los bienes de mi familia, además de que los mismos desafiaban las reglas de la sana crítica, como lo son la lógica, la ciencia y la experiencia. Asimismo, se ignoraron pruebas documentales como las expedidas (i) por el Comité Interinstitucional de Lucha contra las Finanzas de la Subversión del veintiséis (26) de marzo de 2002, en la cual se informaba que no se hallaban registradas anotaciones en contra Carlos Cepa y mucho menos copia de acto administrativo por medio del cual supuestamente fue indultado, (ii) Oficio No. 2621 del tres (03) de abril de 2002, mediante la cual la oficina jurídica del Ministerio de Justicia y del Derecho, manifestó que en sus bases de datos no reposaba archivo alguno en donde constare que haya pertenecido a las filas del E.P.L, como tampoco que haya solicitado o se haya beneficiado con indulto en virtud de la Ley 213 de 1991, documento que se supo solo hasta 2019, que nunca fue aportado al proceso de extinción de dominio antes referenciado, por lo que Cerpa Herrera interpuso la respectiva denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, para lo de su competencia.

Cabe resaltar que los testigos Nelson Elías Celis Giraldo Y David Derly Luna Pastrana, posteriormente fueron condenados penalmente, el primero, por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería, el veintiuno (21) de enero de 2009, por el delito de FALSO TESTIMONIO en concurso con SOBORNO, y el segundo el diecisiete (17) de septiembre de 2014, por el Juzgado Cincuenta Penal del Circuito de Bogotá D.C., por el punible de FRAUDE PROCESAL, ambos por mentir en el proceso de extinción de dominio seguido en

contra de la familia cerpa Salazar, mientras que en contra del señor Pablo Almanza se sigue proceso penal por faltar a la verdad también en el proceso de extinción dominio.

Recientemente según dictamen expedido por el investigador judicial especializado en criminalística y ciencias forenses, perito en documentologia y grafología forense, señor Marco Antonio Vargas Pineda, se tiene que las firmas estampadas en los documentos COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE LUCHA CONTRA LAS FINANZAS DE LA SUBVERSIÓN N°4-5636- CIEFS-INT-252, RECIBIDO EL 31 DE AGOSTO DE 2001 HORA 3:45, FOLIO 217, UNIDAD NACIONAL PARA LA EXTINCIÓN DEL DERECHO DEL DOMINIO Y CONTRA EL LÁVADO DE ACTIVOS. ASUNTO ENVÍO INFORMACIÓN. RESPUESTA OFICIO 1503. FIRMADO POR EL TENIENTE CORONEL JORGE ELIECER SUAREZ ORTÍZ y COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE LUCHA CONTRA LAS FINANZAS DE LA SUBVERSIÓN N°4-58 CIEFS-INT-252, RECIBIDO EL 26 DE MARZO DE 2002, FOLIO 295 AL 303. FIRMADO POR EL TENIENTE CORONEL JORGE ELIECER SUAREZ ORTÍZ, NO SE IDENTIFICAN y NO PERTENECEN a las emitidas por el TENIENTE CORONEL JORGE ELIECER SUAREZ ORTÍZ, es decir que se trata de grafías estampadas con el método de SUPLANTACIÓN POR IMITACIÓN DE GRAFÍAS.

Es decir, la experticia realizada por el forense Vargas Pineda, es indicativo de que los documentos analizados resultaron ser falsos por cuanto no fueron firmados por el señor teniente Coronel Jorge Eliecer Suarez Ortiz, prueba que demuestra aún más que todo el proceso seguido en contra de Carlos Cerpa, fue orquestado para arrebatarle una serie de bienes que fueron adquiridos de forma legal y honesta.

Ante todas las pruebas falsas antes reseñadas, Carlos Cerpa ha intentado a través de recursos legales recuperar su buen nombre, dignidad y sus bienes, no obstante y pese al abundante material probatorio, ello no ha sido posible, por lo que sigue insistiendo en la actualidad ante autoridades judiciales como el Tribunal Administrativo de Córdoba, en donde cursa proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con la finalidad de lograr que su bienes sean devueltos a través de los procesos de restitución de tierras.

Igualmente cursan trámites ante la Jurisdicción Especial para la Paz en la cual se busca que el país conozca del aberrante despojo en contra de la familia Cerpa Salazar y en la Fiscalía General de la Nación existen múltiples denuncias por los hechos antes expuestos.

Con esta séptima entrega del Caso sucedido al Comerciante y empresario CARLOS CERPA HERRERA …finalizamos este interesante informa de la Unidad Investigativa de la Revista EXPECTATIVA….en la que el reclama sus derechos, espera le sean devuelta sus propiedad…por el despojo de Extinción de Dominio…se le haga justicia a su favor…

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *