Cartagena- Colombia. 31 de mayo de 2021. La Revisión Periódica consiste en una inspección técnica a la instalación interna de gas natural, para determinar si está operando en condiciones seguras o si presenta defectos que representen algún tipo de riesgo.
En este sentido, Surtigas recuerda a la comunidad en general que esta inspección es obligatoria, pues obedece a una disposición legal y se realiza para garantizar la seguridad del usuario (a), la de su familia y la comunidad.
Esta revisión corresponde a la establecida en el código de distribución de gas combustible Resolución CREG 067 de 1995 y sus modificaciones.
Cada cuánto debe hacerse la Revisión Periódica.
La Revisión Periódica debe hacerse cada 5 años, sin embargo, La Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG- permite que las Revisiones Periódicas se realicen desde 5 meses antes de cumplir el plazo máximo, para garantizar que el usuario (a) tenga un tiempo prudente para planear y realizar su respectiva revisión y los trabajos que puedan presentarse. También es posible de manera voluntaria realizar la revisión en cualquier momento.
Es importante aclarar que el usuario tiene la responsabilidad de hacer un uso adecuado de la instalación de gas natural y de realizar los mantenimientos necesarios.
Cómo notifica, la fecha en que debe realizar su Revisión Periódica.
- Cuando faltan 5 meses para que se cumpla el plazo máximo de la Revisión Periódica, Surtigas enviará, una carta anexa a la factura de gas natural explicando en qué consiste la Revisión Periódica, indicando que pueden realizarla con cualquier organismo de inspección acreditado o con Surtigas. Con la factura se entrega una fajilla o cinturón naranja para alertar al usuario sobre la importancia de esta comunicación.
- La información sobre los organismos de inspección que pueden realizar la revisión se envía con la factura, además se encuentra publicada en la página web:
- www.surtigas.com.co, en las oficinas de servicio al cliente y en la página web de la ONAC: www.onac.org.co.
- Posterior al envío de la carta, Surtigas en las facturas subsiguientes indicará al usuario (a) la fecha del plazo máximo para realizar su revisión. Y la compañía enviará un inspector (a) para visitar al cliente (a) para poder concretar la fecha de realización de la Revisión Periódica, en estas visitas el inspector dejará en la vivienda como evidencia de ésta un sticker de color naranja con información relacionada a la revisión.
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